Voluntades Anticipadas
Patrocinado por el Casal d´Avis de Sant Cugat, el pasado 13 de septiembre hemos impartido una charla-coloquio con los asociados relativa al testamento vital y otras cuestiones sucesorias y que ha llevado a cabo nuestro socio-director Eduard Torres. Se han abordado los temas relativos a la importancia de este documento y sus consecuencias así como los supuestos de aplicación. A continuación, se ha hablado de las diferentes problemáticas que surgen a la hora de otorgar testamento, el orden sucesorio, etc. Finalmente se han comentado aspectos relativos a los derechos de las personas mayores y particularmente a la obligación de alimentos de hijos a los padres en supuestos de necesidad, etc. Ha habido un extenso turno de palabra donde los presentes han expuesto sus dudas y comentarios. Agradecemos de nuevo al Casal d´Avis la oportunidad de colaborar con esta entidad en la difusión de los aspectos legales que conciernen a la gente mayor. La declaración de voluntades anticipadas es un documento en el que se puede explicar de antemano qué tratamiento médico se desea recibir. Se puede redactar incluso cuando no se sufre ninguna enfermedad. Las voluntades anticipadas son unas instrucciones que una persona mayor de edad, con capacidad suficiente y de manera libre, dirige a su médico responsable, para que las tenga en cuenta cuando la persona se encuentre en una situación en que las circunstancias que concurran no le permitan expresar personalmente su voluntad. Son una forma de expresión de la autonomía de las personas a la hora de decidir en relación con su propia salud, lo que constituye un derecho avalado ética y legalmente.