Claves jurídicas para el sector inmobiliario: vivienda protegida, ITP 20% y futuro del certificado energético

El certificado de eficiencia energética de inmuebles y su inmediato futuro

En España, el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) se ha convertido en una pieza clave del mercado inmobiliario. Desde la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013, que transpuso la Directiva 2010/31/UE, es obligatorio disponer de este documento para vender o alquilar cualquier vivienda o local. El certificado, elaborado por un técnico competente y registrado en la comunidad autónoma, asigna a cada inmueble una calificación energética entre la A y la G en función de su consumo y emisiones de CO₂. Más allá de su función informativa, el CEE ha servido hasta ahora como un requisito administrativo: basta con que exista, aunque el inmueble tenga la peor nota energética, para que la compraventa o el arrendamiento puedan formalizarse.

En los últimos meses se ha generado cierta confusión sobre lo que ocurrirá en 2030.

La reciente Directiva (UE) 2024/1275, que reforma la Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD), fija para todos los Estados miembros objetivos ambiciosos de reducción de consumo y emisiones, con la meta de que el parque inmobiliario europeo sea prácticamente neutro en carbono en 2050. Entre esos hitos se incluye una disminución del 16 % del consumo energético en edificios de aquí a 2030 y del 20-22 % en 2035, con especial atención a la rehabilitación de los inmuebles más ineficientes.

Sin embargo, conviene subrayar que, a día de hoy, España no ha aprobado ninguna norma que establezca expresamente que a partir de 2030 no se podrán vender ni alquilar viviendas con una calificación inferior a la letra E o D.

Lo que sí ha hecho la Unión Europea es obligar a los Estados a presentar una hoja de ruta con medidas progresivas para mejorar la eficiencia del parque inmobiliario, lo que previsiblemente conducirá a una futura limitación de las operaciones con inmuebles F o G, pero todavía no existe una disposición española concreta en ese sentido.

El ejemplo más claro de hacia dónde se dirige Europa lo ofrece Francia. Allí, la Loi Climat et Résilience ya prohíbe desde 2023 el alquiler de viviendas con calificación G, y el calendario prevé que la prohibición se extienda a las F en 2025, a las E en 2028 y que en 2034 únicamente puedan alquilarse viviendas con nota D o superior. España, en cambio, mantiene por ahora un marco más flexible: el CEE sigue siendo obligatorio, pero no se exige un nivel mínimo de eficiencia para poder vender o arrendar.

En este escenario, lo que sí parece seguro es que el certificado dejará de ser un mero trámite informativo para convertirse en una verdadera condición habilitante en el futuro.

Aunque aún no haya una fecha concreta en la normativa española, la presión europea apunta a que en los próximos años se impondrán límites a las viviendas más ineficientes. Los expertos aconsejan a los propietarios no esperar: mejorar el aislamiento, sustituir ventanas o modernizar los sistemas de climatización serán actuaciones necesarias tanto para cumplir con futuras exigencias como para mantener el valor de mercado de los inmuebles.

En definitiva, el Certificado de Eficiencia Energética seguirá siendo obligatorio en España, como lo es desde hace más de una década, pero el debate ya no es si habrá que tenerlo —eso está claro—, sino cuándo empezará a exigirse un nivel mínimo de eficiencia para poder operar en el mercado. Hoy, ninguna disposición española lo fija en 2030, aunque la Directiva (UE) 2024/1275 marca el rumbo y anticipa que los próximos cambios legales en nuestro país irán en esa dirección.