Suspensión de los plazos procesales
El coronavirus también afecta a nivel procesal.
Los juicios, señalamientos, plazos para responder o comparecer en los procedimientos judiciales y administrativos han quedado suspendidos hasta nueva orden.
Los tribunales sólo atenderán ciertos asuntos: el servicio de guardia, causas con presos, medidas cautelares de protección a las personas, causas con declaraciones de menores, aquellos asuntos de violencia de género que el juez considere urgentes, se suspenden todos los juicios excepto los de causas con presos.
De igual forma, en los juzgados de familia se suspende la actividad salvo las medidas urgentes determinadas por el juez, en lo contencioso sólo se resolverán medidas cautelarísimas y en la jurisdicción social serán tratadas sólo las que se consideren excepcionales.
La pregunta es obvia, ¿qué pasará cuando se levante la suspensión?…. todo lo que se ha interrumpido continuará:
- Si tenemos una demanda que responder y nos quedaban cinco días para hacerlo, cuando se levante la suspensión continuarán quedando esos cinco días.
- Los plazos de prescripción y de caducidad también se ven afectados de forma que la suspensión actual tiene las mismas consecuencias que las examinadas anteriormente.
Es como si los tiempos judiciales se hubieran paralizado y cuando se levante la suspensión continuarán manteniéndose los plazos tal y como estaban.
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¡Deseamos buena salud para todos!